SE DIO INICIO AL PROCESO DE RENOVACION DEL GREMIO - COMO ACTIVIDAD PREPARATORIA DEL PROCESO ELECTORAL
Los artículos 23 y 24 de las Normas Para Regular Los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, publicada en la Gaceta Electoral de la Republica Bolivariana de Venezuela No 547, del 07 de diciembre de 2010, disponen lo siguiente: ARTÍCULO 23.- Como parte de las actividades preparatorias del proceso electoral, la Comisión Electoral, una vez designada promoverá ante la autoridad competente de su gremio o colegio profesional, un período no menor de treinta (30) días continuos, para la actualización de la nómina de sus agremiados o colegiados, proceso que deberá ser ampliamente publicitado por la Comisión Electoral, garantizando de esta manera la incorporación de nuevos inscritos. (subrayado nuestro) ARTÍCULO 24.- La Comisión Electoral inscribirá el gremio o colegio profesional, y el Consejo Nacional Electoral le hará entrega de las instrucciones a seguir. Efectuada la inscripción, la Comisión Electoral someterá por ant...